Psicología penitenciaria: trabajo arduo
Sinceramente amigos lectores es una rama olvidada de la psicología forense es la Psicología penitenciaria hay una cantidad de peritos de psicologia y los acartonados andan en nada en nuestra ciudad Iquitos y a nivel nacional ellos(as) pudieran estar aplicando sus estudios en nuestro pais , no tienen fijacion a la labor humanitaria solo quieren la parte mas facil. La función principal del psicólogo(ga) que trabaja en prisiones sea la de la evaluación y tratamiento psicológico, podríamos denominar al psicólogo penitenciario como uno de los profesionales aplicados más completos pues eso es lo que consideramos pero sin embargo hay psicologos que no estan haciendo sus trabajo en estos centros penitenciarios por ejemplo en Iquitos el dia de ayer domingo 4 de marzo 2012 un interno estaba a punto de suicidarse esta muy claro que este señor psicologo no esta haciendo su trabajo profesional hace unas semanas atras un interno fallecio en su pabellon pues esperaron que fallezca uno para mandar a fumugar segun por el dengue realmente hay mucha gente que se encuentra con dengue ¿Donde se encuentra el medico del penal que no tomo prevision su interes en este enfermo y el psicologo ¿ que ? bueno seguimos con el tema.
El psicologo trabaja como orientador laboral , es psicólogo del deporte y la salud, psicólogo jurídico para la elaboración de informes periciales, como psicólogo clínico dadas las patologías que se encuentran en muchos de los internos e incluso como psicólogo de la educación para las tareas de formación que se dan en las penitenciarias.
El tratamiento psicológico en las prisiones consta fundamentalmente de la organización de las sesiones de asesoramiento psicopedagógico, de la psicoterapia grupal así como de la terapia de conducta. La evaluación debe ser individual y mediante observación directa del comportamiento del interno. Todo ello dará al equipo técnico razones suficientes para “clasificar” al detenido en uno de los regímenes y grados así como de tener en cuenta la voluntariedad del interno a la hora de acudir a terapia o realizar las diferentes actividades que se hagan en el recinto.
Es importante comentar el trabajo sobre el acompañamiento psicosocial en internos de centros penitenciarios, tal como comenta una lectora a través del mail. Su trabajo se basa en el afrontamiento al encarcelamiento, acompañamiento y apoyo del preso en los momentos solitarios y difíciles en los que se encuentran, atención y seguimiento del estado emocional, apoyo a madres y sus hijos pequeños o en sus visitas.
Dice Ernesto Ramos Rvollar del Peru: Pienso yo como parte de mi investigación de más 5 años, los mayores recursos humanos y económicos deben destinarse al medio libre para efectivizar el control en el medio libre de los liberados internos a reglas de conductas impuestas por el Juez. Ya que estamos reincorporando a la sociedad a personas en las que todavía no se tiene la certeza de que en gran parte rehabilitado, por lo tanto son un peligro para la sociedad, por eso en el medio libre ellos deben continuar su tratamiento. El Juez en su criterio de conciencia otorga el beneficio penitenciario no solo por la naturaleza del delito cometido, porque se visto que se concede también por delitos muy graves, con la nueva ley 29604 a partir de su vigencia, ahora solo a primarios la semilibertad o liberación condicional;también toma en cuenta su buena conducta en el establecimiento penitenciario en general y por último le concede porque le hacen preveer al Magistrado que el liberado no va a cometer nuevo delito doloso. El verbo rector “preveer” la acción que denota es relativo no imperativo.
Por lo tanto, el liberado puede cometer o no delitos doloso e inclusive respecto al cumplimiento de las reglas de conducta también es relativo. Muestra de ello es como a aumentado la delincuencia en nuestro país, dando mucha inseguridad ciudadana, y es posible su control, y evitar las reincidencias en los delitos y persuadir a la sociedad en general a la no comisión de delitos y vivir en paz y armonía. Por lo tanto, en está etapa última se deben reorientar todas las doctrinas jurídicas y el Estado debe destinar los recursos humanos, logísticos y económicos al Instituto Nacional Penitenciario – INPE en especial a las oficinas de tratamiento en el medio libre, y dejar la política de prisionización construyendo muchas cárceles exactamente eso es lo que piensa la ciudadania. Lo que el Estado y la sociedad en general debe hacer es trabajar esa parte del tratamiento ambulatorio y en el futuro no tendremos las cárceles llenos de internos, su número debe disminuir, y la infraestructura que se tendriá serán suficientes para albergar a los sujetos activos del delito. Este contexto es materia en desarrollo de mi tesis. Ahora http://www.vanidosaperuana.blogspot/ entiende que las personas representativas como el Ministerio de justicia Instituto Nacional Penitenciario de nuestro Peru representado por el Director Nacional Perez Guadalupe se agarren de la mano ponerse de acuerdo y crear oficinas afuera para los internos medios libres que firman mensual y llevar sus tratamientos psicologicos como una orden del juez firmando mensual para que estas personas sean de bien otra cosa mas y de esa manera reinsertarse a la sociedad .
El psicologo trabaja como orientador laboral , es psicólogo del deporte y la salud, psicólogo jurídico para la elaboración de informes periciales, como psicólogo clínico dadas las patologías que se encuentran en muchos de los internos e incluso como psicólogo de la educación para las tareas de formación que se dan en las penitenciarias.
El tratamiento psicológico en las prisiones consta fundamentalmente de la organización de las sesiones de asesoramiento psicopedagógico, de la psicoterapia grupal así como de la terapia de conducta. La evaluación debe ser individual y mediante observación directa del comportamiento del interno. Todo ello dará al equipo técnico razones suficientes para “clasificar” al detenido en uno de los regímenes y grados así como de tener en cuenta la voluntariedad del interno a la hora de acudir a terapia o realizar las diferentes actividades que se hagan en el recinto.
Es importante comentar el trabajo sobre el acompañamiento psicosocial en internos de centros penitenciarios, tal como comenta una lectora a través del mail. Su trabajo se basa en el afrontamiento al encarcelamiento, acompañamiento y apoyo del preso en los momentos solitarios y difíciles en los que se encuentran, atención y seguimiento del estado emocional, apoyo a madres y sus hijos pequeños o en sus visitas.
Dice Ernesto Ramos Rvollar del Peru: Pienso yo como parte de mi investigación de más 5 años, los mayores recursos humanos y económicos deben destinarse al medio libre para efectivizar el control en el medio libre de los liberados internos a reglas de conductas impuestas por el Juez. Ya que estamos reincorporando a la sociedad a personas en las que todavía no se tiene la certeza de que en gran parte rehabilitado, por lo tanto son un peligro para la sociedad, por eso en el medio libre ellos deben continuar su tratamiento. El Juez en su criterio de conciencia otorga el beneficio penitenciario no solo por la naturaleza del delito cometido, porque se visto que se concede también por delitos muy graves, con la nueva ley 29604 a partir de su vigencia, ahora solo a primarios la semilibertad o liberación condicional;también toma en cuenta su buena conducta en el establecimiento penitenciario en general y por último le concede porque le hacen preveer al Magistrado que el liberado no va a cometer nuevo delito doloso. El verbo rector “preveer” la acción que denota es relativo no imperativo.
Por lo tanto, el liberado puede cometer o no delitos doloso e inclusive respecto al cumplimiento de las reglas de conducta también es relativo. Muestra de ello es como a aumentado la delincuencia en nuestro país, dando mucha inseguridad ciudadana, y es posible su control, y evitar las reincidencias en los delitos y persuadir a la sociedad en general a la no comisión de delitos y vivir en paz y armonía. Por lo tanto, en está etapa última se deben reorientar todas las doctrinas jurídicas y el Estado debe destinar los recursos humanos, logísticos y económicos al Instituto Nacional Penitenciario – INPE en especial a las oficinas de tratamiento en el medio libre, y dejar la política de prisionización construyendo muchas cárceles exactamente eso es lo que piensa la ciudadania. Lo que el Estado y la sociedad en general debe hacer es trabajar esa parte del tratamiento ambulatorio y en el futuro no tendremos las cárceles llenos de internos, su número debe disminuir, y la infraestructura que se tendriá serán suficientes para albergar a los sujetos activos del delito. Este contexto es materia en desarrollo de mi tesis. Ahora http://www.vanidosaperuana.blogspot/ entiende que las personas representativas como el Ministerio de justicia Instituto Nacional Penitenciario de nuestro Peru representado por el Director Nacional Perez Guadalupe se agarren de la mano ponerse de acuerdo y crear oficinas afuera para los internos medios libres que firman mensual y llevar sus tratamientos psicologicos como una orden del juez firmando mensual para que estas personas sean de bien otra cosa mas y de esa manera reinsertarse a la sociedad .
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